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Universalización de Facturación Electrónica:

  • Foto del escritor: Diego Bertinat Avondet
    Diego Bertinat Avondet
  • 21 nov 2024
  • 1 Min. de lectura

Dada la Resolución N° 2548/2023, que modifica las recientes Resoluciones N°2389/2023 y N° 2390/2023, se establece el 31/12/2024 como nuevo plazo para la incorporación al régimen de Facturación Electrónica del resto de los contribuyentes de IVA. Asimismo, a partir del 01/01/2025, los contribuyentes del IVA deberán adquirir la calidad de emisor electrónico desde que se inscriban, reinicien actividades, o se constituyan en contribuyentes del mencionado impuesto.


A partir del 1/1/2025 serán emisores electrónicos todos los contribuyentes de IVA, incluso de IVA Mínimo, con algunas excepciones puntuales:


  • los que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias y obtengan el ejercicio ingresos inferiores a 4 millones de UI.

  • quienes realicen exclusivamente actos de agregación de valor en la construcción sobre inmuebles.

  • contribuyentes del Impuesto a las Rentas de los No Residentes.

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BPS: -IND y COM: 22/01 y 23/01(WEB) DGI: -IVA MÍNIMO: 20/01 -CEDE: 22/01 -NO CEDE: 27/01 SERVICIOS PERSONALES: -FONASA: 27/01 -IVA E...

 
 
 

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