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Registro de software


ATENCIÓN: A partir del 1/07/2024, el registro de software se comienza a realizar en la DNPI - Ministerio de Industria, Energía y Minería de Uruguay.


Es la inscripción que realiza todo autor de una producción intelectual, así como de los respectivos contratos de cesión de derechos que suscriba, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 9.739, con las modificaciones introducidas por la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos nº 17.616 del 10 de enero del 2003, y el decreto reglamentario 154 del año 2004.


Recordamos que dicho registro es de caracter necesario para la obtención de la exoneración de IRAE en empresas que venden licencias por el uso del software

No quedan comprendidas dentro de este requisito a las empresas que brindan servicios vinculados a la producción del software.

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